Autoliquidación Tasa Utilización Privativo del Dominio Público de Suministros
Autoliquidación de la tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros.
Carpeta tributaria del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas
Descripción ampliada
Este servicio permite realizar la autoliquidación de la tasa por la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
Una vez realizada la autoliquidación y su posterior abono, deberá presentar el justificante del pago y el resto de la documentación exigida para el trámite oportuno en el REGISTRO GENERAL/SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO. Puede acceder a la información en https://lastorresdecotillas.sedelectronica.es
Destinatario
Cualquier persona física o jurídica que desee autoliquidar cualquier concepto de esta Tasa.
Requisitos
Deberá presentar la documentación que se estime oportuna para acreditar su derecho.
Plazos
La autoliquidación deberá abonarse en el plazo que se indica en la misma y antes de la presentación de la solicitud y documentación, cuando proceda, en el Registro General de Entrada/Sede Electrónica.
El artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que "los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible".
Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
En cumplimiento de ambas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de este organismo.